Noticias (Miscelanea)
Última actualización 01/03/2005@00:00:00 GMT+1
L Tribunal Supremo ha casado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana estimando de forma parcial dos recursos acumulados que presentaron varios titulares de cotos privados de caza con terrenos dentro del Parque Natural de El Hondo (Alicante) contra sendas resoluciones de la Conselleria de Territorio y Vivienda que prohibieron la caza –sobre todo de acuáticas– en el parque natural durante las temporadas de caza 96/97 y 97/98.
Según el fallo del Tribunal Supremo, la Generalitat Valenciana tendrá que indemnizar al titular del acotado por la “prohibición de cazar, cada año”, con 85.266, 8 euro, algo más de 14,1 millones de las antiguas pesetas por temporada.
Sin duda esta sentencia servirá de precedente y sentará jurisprudencia para que el colectivo de cazadores y, sobre todo, el de los titulares de cotos de caza, propietarios de los derechos sobre las piezas de caza en sus acotados, soliciten a partir de ahora las correspondientes indemnizaciones por no permitirles cazar en un espacio natural como puede ser un parque natural.
La caza tiene costes económicos añadidos sobre los cazadores, y ambientales sobre los ecosistemas, ya que con ella se regulan las poblaciones manteniéndolas en niveles óptimos de capacidad del medio. Por tanto, la negación de los derechos de caza a un titular de coto privado de caza, ha de conllevar, al menos, una indemnización económica por las pérdidas que ello supone.