Noticias (Miscelanea)
Última actualización 01/06/2005@00:00:00 GMT+1
Muy pronto, los cazadores y no serán los responsables civiles subsidarios de los daños producidos por las especies cinegéticas al ser atropelladas en cualquier carretera.
Por abrumadora mayoría –más de 300 votos a favor–, el Parlamento español ha modificado la Disposición Adicional Sexta de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que deja ya muy claro que el cazador, a priori, no es culpable de los daños derivados de estos accidentes, cada vez más habituales como consecuencia, entre otras razones, del incremento de la caza mayor y de la mejora de las carreteras secundarias, que permiten una mayor velocidad y por tanto menos posibilidades de evitar estos accidentes. Con esta modificación se pone fin a una de las mayores injusticias legales de este país porque se hacía responsable de los daños que provocaban, ¡tras ser atropelladas!, unas especies cinegéticas que, por ley, no son de nadie. Para colmo, los accidentes ocurrían en carreteras, zonas de seguridad competencia del Estado.
El incremento de este tipo de accidentes estaba poniendo en peligro la existencia de muchos cotos porque sus socios, debido a una alta siniestralidad, se veían obligados a pagar unas pólizas cada vez más altas, incluso había acotados que ninguna compañía quería asegurar por el elevado número de siniestros.
Ahora, la Disposición Adicional Sexta queda redactada de la siguiente forma:
“En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas será responsable el conductor del vehículo cuando se le pueda imputar incumplimiento de la s normas de circulación.
Los daños personales y patrimoniales en esto siniestros sólo serán exigibles a los titulares de aprovechamientos cinegéticos o, en su defecto, a los propietarios de los terrenos, cuando el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado.
También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produce el accidente como consecuencia de su responsabilidad en el estado de conservación de la misma y en su señalización”.
La nueva modificación es fruto del esfuerzo de todos: de la Federación Española, que hasta el último momento ha mantenido contactos decisivos con los distintos grupos parlamentarios; de la Oficina Nacional de la Caza, que con sus dos importantes seminarios sobre el tema ayudó a que la sociedad fuera más consciente del problema; de los grupos políticos que han aprobado esta enmienda y de políticos como Teófilo de Luis, del PP, que desde hace años ha estado luchando por la resolución de este problema; de los medios especializados, que no han parado de denunciar esta injusta situación...
La pregunta de millón es ahora quién se hará cargo de los daños de estos accidentes si el conductor cumplió las normas de tráfico, no es consecuencia de ninguna acción de caza y la vía estaba perfectamente señalizada. Parece claro en este supuesto que, a partir de ahora, serán las compañías aseguradoras de vehículos las que, en gran medida, se deberán hacer cargo de estos siniestros, lo que al final repercutirá en un previsible aumento de las cuotas o la aparición de suplementos que cubran estos percances, que es lo habitual en la mayoría de los países europeos. No obstante, una vez que esta ley sea aprobada, habrá que esperar las primeras sentencias de los jueces.