Grandes firmas
El peso de la Ley
Alonso Sánchez Gascón
Abogado
Última actualización 23/04/2008@13:21:41 GMT+1
Una vez celebrada con Éxito la manifestación, el autor rebate algunos de los falsos argumentos que esgrimió el Gobierno y sus simpatizantes para desvirtuar las protestas de los miles de cazadores, agricultores y ganaderos que APOYAron LA CONVOCATORIA.
Enhorabuena por el doble éxito: éxito por el número de asistentes, éxito porque a partir de ahora ya sabemos quién es quién y dónde está. En lo sucesivo, que cada palo aguante su vela y las protestas al maestro armero.
Hay quienes, sin ser del Gobierno –y eso que ésta no ha sido una manifestación exactamente contra el Gobierno–, se han colgado el escapulario del ídem y han salido en su defensa –qué fácil es defender al ganador– con argumentos o falsos, o disparatados, o ajenos, o torticeros, o interesados. Veamos algunos de ellos:
La caza es competencia de las comunidades autónomas y no del Ministerio de Medio Ambiente. ¿Y quién ha dicho lo contrario? Lo que hemos pedido –sí, los de la manifestación– es que se apruebe una Ley básica de caza que armonice las 17 leyes autonómicas evitando disparates como que la multa por cazar sin licencia sea de 21 euros en una comunidad y de 90.000 euros en otra. El etcétera de disparates no cabría en esta revista.
Que la protesta–manifestación ha sido por la prohibición de la munición con plomo, y eso ya estaba prohibido desde el 2001. ¿Y quién ha dicho eso? En esto el plomo es apenas una anécdota, una pulga en el mar; del plomo molesta que no se concede una moratoria hasta que la munición alternativa no esté suficientemente probada. Punto.
Munición de plomo. Que la prohibición de la tenencia y uso de la munición con plomo viene de la Unión Europea. ¿Ah, sí? Pues yo, que soy –como dicen en mi pueblo– “tontodaltó”, he preguntado, y no, así que, ¿podrían decirme los del Gobierno y los del escapulario en qué Directiva o Reglamento de la U.E. se prohíbe el plomo? Vale, rectificaré en cuanto se me diga.
Salvo error por mi parte –casi seguro, habida cuenta las tropecientas mil disposiciones sobre caza–, lo del plomo no es más que “un esfuerzo” –que no un acuerdo internacional– suscrito en 1996. Decía así: “Las partes se esforzarán por eliminar gradualmente, hasta el año 2000, la utilización de proyectiles de plomo para la caza en humedales”. Prohibición: ninguna: esfuerzo, todo. Y las “iniciativas para una caza sostenible” son, eso, iniciativas.
Que la manifestación es política. ¡Joder, qué nivel! Veamos: sea por intereses políticos o por cualesquiera otros, la gente se manifiesta cuando le da la gana, más que nada porque es lo que dice la Constitución. Aunque los demócratas de toda la vida no lo vean así.
Toda manifestación, por propia definición, tiene un interés político, pues de lo que se trata es de protestar por algo o pedir algo y eso sólo puede hacerse frente a quien tiene el poder político para hacerlo o concederlo. ¿O es que Comisiones Obreras o UGT, cuando organizan una huelga general, lo hacen para pedir unas jaculatorias para la mejora de sus sueldos? ¿Y qué me decís de los cómicos? ¿Por qué, en fin, todos ellos pueden hacer manifestaciones políticas y los cazadores no? ¡Que se os ve el escapulario, tíos!
Dicho todo lo anterior, la Junta Electoral Central autorizó la manifestación por entender que, no obstante la fecha, no tenía carácter político. Se dijo por activa y pasiva que los partidos políticos no podían participar en la manifestación; ni sus símbolos tampoco. Y eso que hubo ofertas –y no de derechas– muy interesantes.
Y, en efecto, no hubo participación política alguna, ni se pidió el voto para nadie. Bueno, para Narbona sí se pidió el “boto”
Que la Unión Europea se ha mostrado muy rigurosa con la caza en época de celo. ¿Cómo será eso si yo me he leído los papeles de U.E. y no aparece nada del “celo”? Prohíben, sí, la caza en época de reproducción, crianza y migración, pero no en la del celo. ¿Estamos?
Red Natura. Que de qué nos quejamos, que la Red Natura 2000 existe desde hace 20 años. Esto es para mí novedoso: yo creía que la Red Natura 2000 no existe en España –repito, no existe–, o, mejor dicho, existe sólo en el papel de la Directiva 43/92 y en el papel del R.D. 1997/ 95. Pues resulta, si no estoy mal informado, que los LIC y las ZEC propuestas por España aún no han sido aprobadas definitivamente por la U.E. y, desde luego, no han sido publicadas en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas, como, por cierto, manda la Ley.
Así que es maniqueo afirmar que la Red Natura 2000 no ha impuesto graves limitaciones al derecho a cazar. ¡Pues claro, si no existe! Y de otro lado, el personal que tal afirma confunde el derecho a cazar del derecho a acotar, porque los titulares de los cotos sí han tenido problemas –y gordos– a la hora de cercar o de soltar perdices o de crear cotos intensivos, etc., sólo porque la zona está propuesta para la Red Natura 2000. Y más aún, un importante empresario agrícola tuvo graves problemas porque parte de su finca estaba propuesta como LIC o ZEC.
Que de qué nos quejamos si precisamente la Red Natura 2000 ha repartido un montón de dinero entre los propietarios de cotos. Sin comentarios. Bueno, sí, un comentario: me presenten a estos propietarios, más que nada por si alguno me debe alguna minuta –que no– y así puedo ya cobrársela.
Que los argumentos de los manifestantes son o han sido opuestos a la conservación. ¿Mande? ¿Por qué no se citan estos opuestos argumentos? Uno, a uno, anda. ¿Ah, que no existen? Me lo temía.
Que la manifestación ha sido inoportuna. Pues qué bien. ¿Y cuándo una manifestación es oportuna para el poder político y sus chicos del escapulario? Como los controladores aéreos, como los maquinistas de RENFE, como los conductores de autobuses, como Comisiones Obreras, como la UGT, si quieres conseguir algo la manifestación debe hacerse, precisamente, en el momento más inoportuno para el que manda. ¿O qué queréis, que se haga en el mes de agosto y en medio de los Monegros?
Que el derecho de propiedad no está amenazado porque no se expropian fincas. Puede que sea así, pero qué curioso: todo –por no extenderme– puede ser declarado de utilidad pública e interés social, a todos los efectos y en particular a los expropiatorios de bienes y derechos. O sea, que el propietario es como si tuviera un cartucho de dinamita debajo del culo, que explotará cuando la Administración quiera que explote. Ojo, y eso cuando la finca no está incluida en un espacio natural protegido, porque si lo está…
Toda finca, esté donde esté, y aún sin estar sometida a ningún tipo de protección, queda sujeta a un plan de ordenación de sus recursos naturales; y si es de ordenación el plan, como su propio nombre indica, ordenará la caza y todos los recursos naturales que allí existan.
Da la casualidad de que quien hace la ordenación a través del plan de ordenación es –no os lo podéis imaginar– ¡la Administración pública! A ver si lo entendéis: el propietario de la finca es el propietario, sí, pero sólo para pagar impuestos, porque quien dirá lo que se hace o no en ella es la Administración a través del plan de ordenación.
Como por la finca pase un “corredor ecológico”, pues va listo el propietario. Aplíquese aquí lo dicho más arriba y ya está la cosa clara.
La expropiación, en fin, está mal, pero al menos pagan algo parecido al justiprecio. Sin embargo, en los demás casos no hay un sólo euro para pagar las limitaciones que se imponen, porque –nótese el ufemismo– no son limitaciones sino “delimitaciones” de derechos.
Entidades de custodia. Que las “entidades de custodia del territorio” son la mar de cosa buena. ¿De cosa buena para quién? ¿Para los ecologistas que están parados pero estorban? No sé a quién se le habrá ocurrido semejante disparate, o sea, el disparate de que una “entidad” de ecologistas –parados o en acción– te custodie el territorio.
Va un “responsable” (¡!) ambiental de la Junta de Extremadura y lo aclara todo sobre este particular. Ahí va la aclaración en respuesta a las preguntas de un periodista del diario HOY: “Ese es uno de los temas en los que tenemos que trabajar, para ver cómo son estas entidades y cómo trabajan, pero en absoluto tienen que ver con la interpretación que quieren darle. No pueden interpretar que nadie vaya a entrar en su finca a vigilarles. Eso se va a trabajar en los distintos grupos, y nosotros como comunidad autónoma tenemos que decir mucho al respecto. No hay duda. Los aspectos ambiguos como éste tienen que desarrollarse. ¿Cómo van a interpretar una figura que ni siquiera está definida? Está sacado de contexto, realmente no hay motivos para la existencia de esta convocatoria.
No me atrevo a decirlo, es que todavía no está desarrollado. No está definido si van a ser públicas o privadas... Y como no está definido y eso tiene que tener un desarrollo parlamentario, que en su día haremos las comunidades, pues entendemos que es un problema puntual. Hay muy poca oportunidad a la hora de convocar una manifestación en periodo electoral, cuando además hemos tenido una reunión de trabajo y convocado otra para el próximo día 13”.
En fin, ahora resulta que, a estas alturas, no saben qué son las “entidades de custodia”, quiénes las integran, para qué sirven, si son públicas o privadas… Ahora, eso sí, “éste es uno de los temas en los que hay que seguir trabajando”. ¡Y la Ley está en vigor!
Y termino porque no me dan más espacio. Pero antes de irme, una cosa: ¿Sabéis cuántas veces se repite en la ley la palabra “prohibición” o su sinónimo? Exactamente veintisiete (27) veces. No está mal para ser una ley que no prohíbe nada porque deja las cosas como estaban.