Hemeroteca :: 01/11/2009
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Noticias (Miscelanea)
Última actualización 28/10/2009@14:11:36 GMT+1
El 10 de agosto del 2005 entró en vigor la nueva Ley de Tráfico de ámbito nacional, que estipulaba que los daños personales y patrimoniales provocados por el atropello de un animal objeto de caza “sólo serán exigibles a los titulares de aprovechamientos cinegéticos o, en su defecto, a los propietarios de los terrenos, cuando el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación”.
Para proteger al conductor, las Cortes de Castilla y León decidieron “clarificar” la situación, según aseguraba El Norte de Castilla, en la Ley de Medidas Financieras de 2006, reformando la de Caza y añadiendo a su artículo 12 que “la responsabilidad por los daños producidos por las piezas de caza, excepto cuando el daño sea debido a culpa o negligencia del perjudicado o de un tercero, corresponderá en los terrenos vedados a sus propietarios”.

Cuatro años después, afirmaba este periódico, la Junta reforma lo reformado y propone la siguiente redacción: “La responsabilidad por los accidentes de tráfico provocados por las especies cinéticas se determinará conforme a la normativa sobre tráfico y seguridad vial vigente”. Es decir, una vuelta al principio, quizá provocada por la disparidad de criterios que reinaba en las diferentes audiencias provinciales de esta comunidad, en la que en unos territorios se trataba de proteger los derechos de los titulares de terrenos cinegéticos mientras que en otros eran los propios titulares los que debían acreditar su inocencia para salir indemnes.
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