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Última actualización 01/07/2011@10:59:45 GMT+1
Hace pocos días se ha reunido el Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. En la reunión se trataron cuestiones tan importantes como las directrices para la Red Natura 2000, para la captura de fringílidos, el catálogo de especies invasoras y las directrices para el ejercicio del control de predadores.
Pero, sobre todos los demás asuntos que se abordaron, destaca la aprobación de una propuesta que supone un éxito para el colectivo cinegético y que es la modificación del régimen de responsabilidad civil en los accidentes ocasionados por atropellos de la fauna cinegética. A modo de resumen, el cambio aprobado supone que la responsabilidad por los daños ocasionados por la irrupción de piezas de caza dejará de recaer con tanta asiduidad sobre los titulares del aprovechamiento, rompiendo así con el régimen anterior que tantos trastornos ha ocasionado a las sociedades y particulares responsables de los cotos de caza.

La propuesta aprobada dice textualmente: “La responsabilidad en los accidentes de tráfico ocasionados por irrupción de animales cinegéticos en las vías de circulación se atribuirá conforme a los siguientes criterios:
1. De los daños a personas y bienes producidos en accidentes de tráfico ocasionados por irrupción de animales cinegéticos en las vías de circulación, responderá el conductor del vehículo. No se podrá reclamar por el valor del animal que irrumpió en la vía.

2. Los daños a personas y bienes producidos en accidentes de tráfico ocasionados por irrupción de animales cinegéticos en las vías de circulación, no serán exigibles a los titulares del aprovechamiento cinegético de los terrenos, o en caso de no existir estos titulares, a los participantes en la acción de caza, salvo que el siniestro sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva, llevada a cabo el mismo día de producido aquél y sobre una especie de caza mayor.

3. Podrá ser considerado responsable del accidente el titular de la vía pública cuando el siniestro ocurra por causa del mal estado de la misma, por su señalización defectuosa o cuando carezca de vallado en caso en que sea legalmente preceptivo. En todo caso, tanto la concurrencia de vegetación en la zona de dominio público de una vía, que pudiera influir la visión de la señalización o en la producción del siniestro, como la inexistencia de pasos de fauna en vías de vallado preceptivo, se entenderán como mal estado de la vía.”

Aproca España considera “muy importante” este principio de acuerdo para evitar la insostenible situación que se sigue teniendo y que, en la mayoría de ocasiones imputa al titular del coto como responsable de los accidentes de tráfico. No obstante, la entidad ha recordado que “éste sólo es un primer paso ya que sólo se ha aprobado elevar la propuesta consensuada con el sector a las Cortes” y ahora toca ahora que el Parlamento acoja favorablemente y apruebe esta propuesta.

En este punto, Aproca España considera que aunque haya participado este último año en las comisiones de trabajo del Ministerio conjuntamente con la Real Federación Española de Caza, quiere reconocer que el trabajo ya venía desarrollado desde hace años por esta última entidad y por la Oficina Nacional de la Caza.

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