Última actualización 25/07/2012@08:51:41 GMT+1
Eduardo Coca Vita
Por Agrestecaza (la web de Palomino que debería declararse de interés general para cazadores y afines), conocí los movimientos de la ONC en pro de la caza como un patrimonio cultural intangible de la humanidad y para situarla “donde por historia, tradición y derecho le corresponde”, según acuerdo de la asamblea general de 17 de febrero instando al Gobierno que “la actividad cinegética forme parte de su listado de patrimonios intangibles y se promueva su inclusión como patrimonio cultural de la humanidad ante la Unesco”.
También leí que la ONC y la RFEC mantendrían contactos con los agentes cinegéticos y constituirían equipos de trabajo que canalizasen el deseo de hacer realidad “el merecido reconocimiento a esta ancestral actividad practicada en todo el mundo”, para “situarla donde merece por derecho propio”. Proclamando de la misma que “gestiona el ecosistema, junto a las relacionadas con el primer sector, pero de formaperdurable en el tiempo, obteniendo ‘los intereses’ de la naturaleza sin comerse ‘el capital’, conservándolo. Lo que llaman desarrollo sostenible”.
EN ESTA CEREMONIA de rogativas aparece después eldiadigital.es (noticia del 9 de marzo en Agrestecaza) ensalzando el argumento de la faz económica y poniendo como ejemplo “claro” de la relación entre caza y economía en el medio rural las granjas cinegéticas (“cuya actividad contribuye a fijar población en nuestros cada vez más despoblados pueblos”) y diciendo, al desarrollar la información, que estos centros de cría tienen gran importancia en el mundo rural, pues, según calcula Aproca, generan en Castilla-La Mancha más de cinco mil empleos directos en puestos de crianza y aprovechamiento cinegético de las especies, con más de cuarenta millones en jornales para las zonas con menos recursos. Una actividad, añade, que el colectivo quiere “proteger frente a una sociedad cada vez más recelosa de un sector clave para nuestros pueblos”.
Antes que increíble, me pareció surrealista encontrar en la proliferación de granjas un argumento para la ONU. Y encima asignando al centenar de ellas castellano-manchegas (¡y por boca de Aproca!) “el uso mayoritario de la repoblación de cotos de caza donde algunas de las especies como perdiz roja, faisán, codorniz, ciervos, gamos o venados escasean y es necesario ayudar para evitar que al descender el número de ejemplares se dificulte aún más la reproducción de estas especies”. Olé.
Otra noticia de esos días (Agrestecaza, 3 de marzo) cuenta que el Ministerio de Cultura checo había incluido “la caza de animales” (¿qué otra cabe?) en su lista de patrimonios intangibles (elevando a cinco los tesoros inmateriales, entre ellos, la danza folclórica verbunk del sureste de Moravia, la cetrería y la cabalgata de los reyes de Slovácko), aspirando a postularla ante la Unesco, porque (decía la Asociación de Cazadores de Bohemia y Moravia) sus practicantes conservan las mismas tradiciones, ritos y costumbres existentes desde el siglo XIV (me cuesta aceptarlo sin excepciones), además de darse la transmisión generacional de valores educativos y actitudes, contarse con 123.000 afiliados y ser una atracción turística principal durante todo el año por las diferentes temporadas de cada especie.
Ante divulgaciones como éstas, son necesarias algunas aclaraciones que ilustren rigurosamente a los cazadores de las metas de la Unesco y el camino para alcanzarlas. Lo que exige responder a dos cuestiones básicas: patrimonios que ampara la Convención de la Unesco y condiciones y requisitos para el amparo.
Según explicaba en El “cuco”, un patrimonio cultural inmaterial (lanzadigital.es desde el 6 de marzo de 2011; Agrestecaza como noticia del 7 inmediato; y página 33 de Diario Lanza del 8), la “Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura” (Unesco) aprobó en 2003 una “Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial”, algo así como el acervo de expresiones, conocimientos y técnicas integrantes de la idiosincrasia, cultura y patrimonio espiritual de ciertas comunidades o grupos, a los que popularmente se dan múltiples denominaciones (patrimonio universal de la cultura; patrimonio cultural universal; patrimonio viviente de la humanidad; patrimonio inalterable de la colectividad; patrimonio intangible del hombre…), siendo su nombre oficial el que pongo por título: Patrimonio Cultural Inmaterial.
LA CONCESIÓN DE ESTA MARCA por la Unesco implica (artículo 11 de la Convención) el sostén de los gobiernos firmantes y la adopción de medidas que garanticen el bien inmaterial homologado puesto de manifiesto en el territorio del estado miembro mediante “las tradiciones encarnadas en habilidades, conocimientos y rituales, artesanía, canciones o bailes, prácticas relacionadas con la naturaleza, etcétera”, ceñidas a “expresiones, conocimientos y técnicas” integrados en la “idiosincrasia, cultura y patrimonio espiritual”, siempre que (no lo olvidemos) vengan referidos a “ciertas comunidades o grupos”, siendo excluyente la universalidad de las tradiciones, sabidurías o técnicas propuestas, pues únicamente estarían en riesgo si fuesen localistas y minoritarias.
No influye en la declaración el respeto al medio ambiente. El conservacionismo y el desarrollo sostenible, tutelados por otras vías, sólo son exigencias sine qua non una vez justificados los motivos de protección. Tampoco cuentan los beneficios sociales de contenido económico. Ni la extensión espacial de los patrimonios nominados, más bien obstáculos para su protección, que se supone ya recibida en los países que los albergan. Pesan mucho en la decisión el tradicionalismo y la antigüedad. Y es definitivo el fondo cultural, entendido especialmente como fruto del espíritu. l