Última actualización 01/07/2004@00:00:00 GMT+1
El Plan Rector de Uso y Gestión de la Albufera de Valencia presentado a la Junta Rectora del Parque Natural el pasado mes de mayo, ha sido valorado positivamente por la ferderación de caza valenciana. Según esta “contiene un digno tratamiento de la actividad cinegética”. Y para el conseller Rafael Blasco “otorga al Parque el mayor grado de protección de su historia" y así lo ha respaldado su refrendo por la Junta Rectora. El Parque Natural se ha definido como "Suelo No Urbanizable de Especial Protección" y, al mismo tiempo, como patrimonio natural y sociocultural de los valencianos.
El PRUG considera la actividad cinegética tradicional, practicada según el régimen histórico característico de la zona, como una actividad de gran arraigo e importancia social y económica en el Parque, compatible en su conjunto con la conservación de los valores ecológicos.
En este sentido, en el Capítulo IV, Normas sobre la Actividad Cinegética, establece una normativa Marco, que el Sector de la Caza, salvadas ligeras observaciones, considera positiva y aceptable, ya que se respetan los espacios cinegéticos reglamentados; se confirman las tradicionales Zonas de Reserva Cinegética; se abre la posibilidad de incluir en el régimen de cotos algunos espacios específicos, que actualmente se consideran zonas libres; se conserva el calendario de caza, así como otras especificaciones y limitaciones de la normativa.
Habrá obligatoriedad de formalizar Planes Técnicos de Aprovechamiento Cinegético en todos los cotos incluidos, total o parcialmente, en el ámbito del espacio natural protegido, que se adaptarán a las normas del presente Plan Rector de Uso y Gestión, a lo establecido en el Decreto 50/1994, de 7 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se regulan los planes de aprovechamiento cinegético en terrenos de régimen cinegético especial, al resto de la legislación vigente y al futuro Plan Marco de Aprovechamiento Cinegético del Parque Natural de l'Albufera, que elaborará la Consellería de Territorio y Vivienda, con una vigencia que se actualizará cada cinco años.
El Plan Rector de Uso y Gestión de La Albufera es un documento que se declara válido con una duración limitada a ocho años, transcurridos los cuales tendrá que ser revisado atendiendo a la nueva realidad histórico-social.