Comprendo que las especies exóticas, introducidas en muchos casos ilegalmente, suponen una amenaza seria para nuestra Biodiversidad y que hay que ponerles coto de algún modo. Sin embargo no me parece fácil encontrar un límite razonable y equilibrado para muchas de las especies introducidas que conviven con nosotros desde hace mucho tiempo.
Recientemente, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia ampliando el catálogo de especies introducidas y prohibiendo la tenencia, el aprovechamiento, tráfico o comercialización de todas aquéllas que se hallen en la lista. Es decir que parece no tener remedio el hecho de que el arruí, por ejemplo, no se podrá volver a cazar en ninguna parte de España. Hasta ahora había una salvedad hecha en la región de Murcia —Sierra Espuña y aledaños— que ha quedado anulada con la reciente sentencia del Supremo.
La sentencia es mucho más revolucionaria en cuanto a los intereses de la pesca se refiere. Hay novedades realmente sorprendentes: La carpa común, que lleva viviendo en nuestro país desde el siglo XVI, aproximadamente, pasa a formar parte del catálogo de especies exóticas. Por esa misma regla de tres, imagino que se tendría que declarar como especie exótica a nuestro presunto “cangrejo autóctono” (Austrapotamobius italicus), que tratamos de conservar a base de ingentes esfuerzos, y se acaba de demostrar que fue introducido por Felipe II en el siglo XVI, prácticamente al mismo tiempo que las carpas.
La trucha arcoíris también pasa a formar parte de la lista de especies exóticas, lo que será el fin de una importante red de cotos intensivos, ubicados la gran mayoría de las veces en tramos de ríos o aguas paradas, donde no interaccionan con la trucha autóctona. No soy fan de las carpas, precisamente, ni me gusta que invadan aguas vírgenes, como ocurre por ejemplo en los embalses del Porma o de la Cuerda del Pozo.
Sin embargo son tan abundantes, poseen un área de distribución tan amplia y llevan tanto tiempo entre nosotros que no sé si la reciente Sentencia va a ser un buen remedio para combatirlas, y sí que va a constituir un golpe serio para un importante colectivo. Las carpas, además, se hallan amplísimamente distribuidas en Europa y no conozco ningún país que haya tomado medidas similares.
También prefiero que a nuestras truchas autóctonas no las molesten las truchas arcoiris americanas. Pero temo que el fin de los cotos intensivos de arcoiris va a propiciar la repoblación masiva con truchas comunes de orígenes distintos de las ibéricas, lo que sin duda dará lugar a hibridaciones peligrosísimas. Temo en este caso que el remedio sea peor que la enfermedad.
El arruí llegó a España sobre el año 70 porque sus poblaciones naturales norteafricanas se hallaban al borde del colapso. El profesor Jose Antonio Valverde tuvo la precaución de crear un centro en Almería para preservar especies del antiguo Sahara español al borde de la extinción, como la Gacela mohor, la gacela dorcas saharaui, la gacela de Cuvier o el arruí saharaui.
De allí se creó una población natural en la murciana Sierra Espuña, ya que por entonces se trataba de un ecosistema adecuado y carente de otros rumiantes autóctonos, con lo que el arruí se asentó espectacularmente. La sentencia del Supremo dice textualmente que el arruí se introdujo “como trofeo debido a su notable cornamenta”, lo que no sé hasta qué punto se ajusta a la realidad.
En cualquier caso no cuestiono en absoluto la sentencia, y no seré yo quien proponga una solución para el problema de las especies exóticas, que no me parece nada fácil. No tengo dudas de que cualquier propuesta en ése sentido va a traer consecuencias graves, pero me da la sensación de que se dan palos de ciego en respuesta a denuncias puntuales de algunas organizaciones, que probablemente no contribuyan a solucionar el asunto de raíz. Como he dicho, ignoro la solución para un problema grave que es preciso atajar, pero el remedio me genera muchísimas dudas.
Juan Delibes