En esta ocasión vamos a aprovechar el espacio reservado a la sección de Consultorio legal para narrar un hecho real que le ha sucedido a un cazador de Navacerrada (Madrid). Asimismo, les ofreceremos algunos consejos al respecto por si se encuentran alguna vez en una situación tan incómoda como la que les narramos en las siguientes líneas.
Alarmado y desconcertado, Jesús se pone en contacto con el despacho porque no sabe muy bien cómo actuar ante una desagradable sorpresa. Empecemos por el principio.
Esa mañana había publicado en una conocida página web de anuncios de compra-venta una oferta de su rifle. Ya no lo utilizaba y había pensado venderlo para comprarse otro acorde a sus necesidades cinegéticas. El anuncio literalmente rezaba así: “Vendo rifle outfitter con todos los extras. Muy bien cuidado. 700 euros. Jesús”. Sin embargo, ante lo que consideraba algo “normal” (la publicación de un anuncio de una venta legal de un arma), unas horas después, Jesús recibe en su correo electrónico el siguiente mensaje: “Desde el departamento del grupo de delitos telemáticos de la Guardia Civil, le comunicamos que, en breve, y tras que este servidor nos facilite su I.P., procederemos a ponernos en contacto con Vd. para abrir diligencias sobre la venta del supresor de sonido que posee y que tiene a la venta”.
Pueden imaginarse la cara y el cuerpo que se le quedó a Jesús cuando leyó y releyó este correo. Una y mil veces. No daba crédito. ¿Supresor de sonido? ¿De qué me están hablando? Lógicamente, el hablar de “extras” no lleva implícito el que se pretenda vender un “chupete”. Ni mucho menos, claro está. Hace falta tener mucha imaginación y algo de mala fe para pensar en ello. Por eso, totalmente extrañado por lo que me estaba narrando, mi pregunta no podía ser otra: “¿Le has dicho a alguien que con el rifle entregas un supresor de sonido?”. Su respuesta fue rotunda: “¡No, cómo…!”. Ni siquiera se habían puesto en contacto con él interesándose por el anuncio. Y no podía vender ningún supresor de sonido porque simplemente no lo tenía.
¿Entonces? Ante la rareza de lo que me estaba contando, le pedí que me facilitase copia del correo electrónico que había recibido en su cuenta. Lo primero que me hizo sospechar sobre la veracidad de la autoría del mismo fue el simple hecho de que le enviasen este mensaje. Precisamente, ante la presunta comisión de un ilícito, la labor de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado es recabar la máxima información posible sobre los hechos que se pretenden denunciar. En definitiva, investigar. Y eso, lógicamente, requiere de un cierto secretismo por parte de los agentes si quieren obtener frutos de su trabajo de investigación, lo que no se consigue desvelando al presunto autor del ilícito que van a proceder a “abrir diligencias”.
Pero lo que finalmente terminó por convencerme de que la Guardia Civil no era la autora de ese mensaje fue la dirección desde la que se remitía, cuyo cliente de correo era gmail.com. Pensemos que cualquiera puede crearse una cuenta Gmail con el nombre que desee, con la única excepción de que esa dirección ya esté siendo usada por otro usuario, y que el correo electrónico oficial del Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil es [email protected]. Asimismo, el remitente se identificaba como GC y no como Guardia Civil, algo todavía más sospechoso. Estaba más que claro.
Uniendo todos los cabos sueltos únicamente se podía llegar a una conclusión: nos encontrábamos ante un caso de suplantación de identidad de alguien que se estaba haciendo pasar por agente de la Guardia Civil. Pero, para asegurarnos de ello, nos pusimos en contacto con la propia Guardia Civil, que nos confirmó nuestras sospechas y nos remitió a la Policía Judicial. Efectivamente, según nos certificaron, se trataba de una práctica habitual que algunas personas o bandas organizadas llevan a cabo en estas páginas de anuncios con el objetivo de estafar a sus usuarios.
Sin embargo, afortunadamente para Jesús, la estafa no pudo consumarse, pues, lo habitual, tal y como nos desveló la propia Policía Judicial, es que seguidamente envíen otro correo electrónico facilitando un número de cuenta para que el “denunciado” ingrese el importe de la “sanción” impuesta. De momento, Jesús no ha recibido esa comunicación, aunque aún no es tarde.
El objetivo del relato de esta desagradable experiencia no es otro que informarles de la habitualidad de estas prácticas y aconsejarles que siempre desconfíen en supuestos como éste o en otros similares, como en los casos de compra-venta de perros de caza, contratación de jornadas de caza… Y nunca, nunca, faciliten sus números de cuenta ni realicen ingresos a otras cuentas si no están seguros de que el destinatario de esas cantidades es quien realmente dice ser y a quien realmente quieren pagar”.
Jaime Valladolid
Especialista en Derecho Cinegético y Medioambiental
Paseo de la Habana nº18 7ºB y 8ºB, 28036 Madrid
Telf.: 91 562 44 65
Entonces, por lo que veo, a esto debe ser debido el revuelo que se ha organizado, supongo que alimentado por algunos profesionales que consideran perjudicada su actividad con estos anuncios, considerandolos poco menos que “competencia ilegal”, en el sentido de que , por parte de la Intervencion de Armas, se habian instruido no se cuantos expedientes a anunciantes de armas en estas paginas de anuncios, cosa que, supongo que no sera posible, siempre que se trate de armas legales, claro. No olvidemos que la libertad de prensa sigue existiendo en este pais otrora denominado ESpaña.