La UNAC presenta alegaciones al R. D. de creación del Consejo Nacional de Caza y Pesca

La Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) ha remitido sus sugerencias, consideraciones y alegaciones, junto con sus razonadas y detalladas justificaciones al respecto al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, en ocasión del trámite de consulta al que está siendo sometido el proyecto de Real Decreto por el que se crea el Consejo Nacional de Caza y Pesca y se establece su composición y funcionamiento.

Los miembros de la UNAC son de la convicción, que el el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente puede emitir normas ambientales básicas que limiten las actividades de la caza o la pesca fluvial al amparo del artículo 149.1. 23ª.

De ahí, que presentara en el año 2008 y, hiciera pública, una norma básica estatal donde se propuso crear un Consejo Nacional del Patrimonio Cinegético, destinado a hacer viables los modelos de gestión sostenible en materia cinegética, y ahora al parecer se han dado cuenta que no puede haber sostenibilidad sin modelos unificados de gestión en el Estado Español.

Para este proyecto de Real Decreto, al que la UNAC ha llamado CONACAPE, se han propuesto 29 sugerencias con sus respectivas justificaciones, y a las cuales han hecho suyas y se han adherido las agrupaciones autonómicas que la constituyen.

Con el documento se pretende de forma relevante que formen parte del consejo los representantes de las organizaciones a nivel Estatal, de los diferentes sectores que tengan actividad dentro de las materias de la caza y la pesca fluvial. Y, no, por colectivos, federaciones, artes de caza o de pesca, modalidades o con nombres y apellidos para que formen parte de él como pretende el Ministerio.

En las sugerencias realizadas se ha intentado que exista diversidad de opiniones basado en los representantes de organizaciones de ámbito estatal que interactúen con las dos materias: la caza y la pesca fluvial, como las trata la Constitución Española en su artículo 148.1 apartado 11ª:

Así, se han referenciado todos los representantes de ámbito estatal de organizaciones de cazadores y de pescadores, los que en su mayoría la forman con fines medioambientales, y los que practican estas actividades como deportistas. Se ha querido aglutinar la mayoría de cazadores y terrenos acotados a través de la caza y la pesca social y la caza y la pesca deportiva.

También se ha tenido en cuenta los demás sectores que forman parte de estas materias de la caza y la pesca fluvial, como el: comercial, profesional, industrial, científico, propiedad, público rural municipal, sindical, ambiental, o de cualquier otro sector, sea público o privado, que esté presente a nivel estatal e interactúe con la caza o la pesca fluvial.

Se ha incluido también en la propuesta de la UNAC los requisitos y documentación que deben de presentar dichas organizaciones para sus nombramientos como vocales que les representarán. Se incide en el régimen de funcionamiento con medidas modernas de organización y transparencia, y se añade un nuevo artículo que trata de las Comisiones o Grupos de Trabajo del Consejo, terminando con la dotación económica para el Consejo recayendo esta sobre el Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad creado por Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Para terminar, se plasma al final de las sugerencias y justificaciones el borrador del texto final propuesto, prácticamente un texto a la totalidad, que da una visión general de cómo quedaría el Real Decreto tras las modificaciones realizadas por la UNAC, tras las sugerencias que espera se incluyan en el Real Decreto por ser más lógicas y coherentes que las planteadas, siendo consciente que son mejorables.

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