¿Debe modificarse el “pago verde” prohibiéndose el uso de fitosanitarios?

El vulgarmente conocido como greening permite la concesión de un pago anual por cada hectárea admisible vinculada a un derecho de pago básico, siempre y cuando se respeten determinadas prácticas medioambientales en atención a la estructura de la explotación.

Así, el agricultor que pretenda activar sus derechos de pago básico deberá respetar esas prácticas medioambientales en todas las hectáreas de su explotación sujetas a los requisitos del ‘pago verde’, que lleva en marcha desde la solicitud de ayudas PAC del año 2015.

El importe del ‘pago verde’ es un porcentaje del valor total de los derechos de pago básico que active el agricultor cada año. Este porcentaje, que normalmente es ligeramente superior al 50 %, se determina anualmente y se publica en la página web del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

PRÁCTICAS MEDIOAMBIENTALES QUE DEBEN RESPETARSE 

Todos los agricultores con derecho al pago básico deben cumplir las siguientes tres prácticas medioambientales en todas sus hectáreas admisibles:

1 Diversificación de cultivos: siembra de varios cultivos diferentes en la tierra de cultivo de la explotación. Se entiende como tal la tierra de labor ocupada por cultivos herbáceos, en secano o regadío, que normalmente se cosecha con carácter anual (salvo especies plurianuales como la alfalfa), o se deja en barbecho.

2 Mantenimiento de los pastos permanentes existentes: en el caso de España, su cumplimiento se comprueba contabilizando la superficie de pastos a nivel nacional y no individual. Para ello, cada año el MAGRAMA calcula la proporción entre la superficie total dedicada al cultivo mixto y el número de cultivos presentes.

3 Contar con superficies de interés ecológico (SIE) en las explotaciones. Esto significa que, cuando la explotación cuente con más de 15 hectáreas de tierra de cultivo, al menos el 5 % de la misma y de las superficies que hayan sido forestadas en el marco de programas de desarrollo rural –si las hubiera– estarán dedicadas a alguna de las cuatro categorías de SIE por las que España ha optado.

¿DEBE MODIFICARSE PROHIBÍENDOSE EL USO DE FITOSANITARIOS?

Recientemente, la Comisión Europea (CE), en relación con la percepción de este ‘pago verde’ de la PAC, ha propuesto su vinculación a la prohibición del uso de fitosanitarios en las SIE a partir de 2008.

Sin embargo, la mayoría de las cooperativas y organizaciones agrarias de nuestro país se ha opuesto a esta medida porque, a su juicio, su entrada en vigor pondría en riesgo los beneficios medioambientales del pago verde de la PAC, al que dejarían de acogerse varios agricultores.

En este sentido, el director de Asuntos Internacionales y de la UE de Cooperativas Agroalimentarias, Gabriel Trenzado, afirmó hace unos días que «para evitar, por ejemplo, que el barbecho tenga enfermedades y que la tierra no pierda capacidad productiva y descanse de manera sana, es necesario a veces aplicar fitosanitarios».

Por su parte, para el responsable de Relaciones Internacionales de la Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (Asaja), Ignacio López, la medida sería «contraproducente» porque «puede obligar a hacer más tratamientos, aunque sean mecánicos, por el problema que hay en España con la erosión, y esto no es bueno ni para la siembra directa ni para el barbecho».

España es el país que más superficie agraria declara como de interés ecológico, con 1,7 millones de hectáreas, el 27 % del conjunto de la Unión Europea.

Ahora Bruselas tiene la última palabra.

Jaime Valladolid

Bernad Abogados

Especialistas en Derecho Cinegético y Medioambiental

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