¿Qué papeles necesito para llevar un jabalí abatido en mi coche?

Manuel Arribas nos envía desde Soria una interesante consulta:

“Habitualmente asisto a monterías de matacuelga en Castilla y León, donde cazo jabalíes. No sé exactamente qué documentación debo llevar cuando transporto su carne en el vehículo y temo que la Guardia Civil pueda denunciarme. ¿Qué papeles necesito?”

El transporte de las reses es uno de los aspectos que mayor controversia puede levantar entre los amantes de la actividad cinegética y que intentaremos aclarar. Pues bien, en primer lugar, el legislador establece diferentes requisitos según vayamos a destinar la carne para el autoconsumo o para la comercialización. Lógicamente, en este último caso, las exigencias son mucho más taxativas. En el caso de las piezas destinadas al autoconsumo, las canales de jabalíes deben ser sometidas a muestreos, disponiendo de un método de digestión para la detección de triquina, aunque también se permite el uso del método triquinoscópico homologado, pero únicamente en circunstancias excepcionales.

Si los veterinarios utilizan este último método debemos ser informados (por escrito y donde conste el número de colegiado) del resultado de la inspección, determinando la aptitud o no para el consumo, relacionando el número de precinto con el documento para garantizar la trazabilidad y que estas carnes exclusivamente se destinen al autoconsumo. Hay que tener en cuenta aquí que, atendiendo a las explicaciones dadas por los expertos, la cocción mayor a 77 º C durante 30 minutos, la radiación y la congelación, a temperaturas muy bajas y durante un tiempo determinado, inactivan el parásito, pero, sin embargo, la salazón, ahumado y la desecación, no.

Por ello, los jamones, los salchichones y otros productos curados elaborados con carne de jabalí o cerdo son posibles transmisores de esta enfermedad si el animal estaba parasitado. Asimismo, especificará que el método utilizado para el examen de triquina es el triquinoscópico por compresión en placa y que las carnes así examinadas no deben usarse para la obtención de productos cuyo proceso de elaboración no garantice la destrucción de la trichinella. información a través de un certificado de inspección sanitaria, lo que nos supondrá un coste de unos 20 euros por análisis (dependiendo de la provincia donde hayamos cazado).

El documento que nos expida el veterinario deberá acompañarnos durante el transporte de la carne. Además de este certificado de inspección sanitaria será necesario un justificante que acredite la legal posesión y origen de la pieza: una guía de transporte expedida por el titular del coto, precinto o crótalo.

El titular del coto u organizador de la cacería en su defecto deberá facilitarnos una guía de origen, también denominada de transporte o de pertenencia, en la que se indique el nombre del propietario de la finca u organizador, el lugar y la hora de abatimiento, la especie cazada, características de la pieza –sexo, medidas…–, matrícula del vehículo, dirección del establecimiento de taxidermia de destino en el caso de trofeos y, como es lógico, los datos personales del cazador.

En el caso de crótalos o precintos, que suelen utilizarse para especies como el corzo, el gamo, el ciervo, la cabra montés, el rebeco o el lobo, hay que recordar que son expedidos anualmente por los servicios territoriales o las delegaciones de Medio Ambiente a solicitud del titular del aprovechamiento del acotado. Durante el transcurso de cada partida de caza, se deberá llevar un número de precintos suficientes para el marcaje de tantos animales como se permita abatir.

Hay que tener en cuenta que, una vez localizada la pieza abatida, deben señalarse en el precinto las características que sean requeridas, colocándose tal y como se detalla en cada una de las normativas autonómicas y atendiendo a la especie cazada. Por lo tanto, lo primero que debemos hacer es colocarlo correctamente sobre la pieza, sin desplazarla a otro lugar diferente al del abatimiento. Este precinto deberá permanecer correctamente situado sin sufrir deterioros durante todo el traslado hasta el lugar definitivo de aprovechamiento o preparación del trofeo.

Por último, recordar que en Castilla y León existe una declaración responsable de procedencia que puede descargarse de la web de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente .

Teniendo en cuenta todas estas indicaciones podrá transportar sus reses sin ningún temor, disfrutando así de la caza más allá del lance en el campo, naturalizando su preciado trofeo o deleitándose con un magnífico guiso.

Jaime Valladolid

Especialista en Derecho Cinegético y Medioambiental

Paseo de la Habana nº18 7ºB y 8ºB, 28036 Madrid

Telf.: 91 562 44 65

www.bernad-abogados.es

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