La situación de la caza en Castilla y León: su presente y su futuro inmediato

Tras la notificación del auto 47/2019 del TSJ de Castilla y León, por el que se acuerda la suspensión de la aplicación de la orden 728/2018, de 25 de junio, por la que se aprueba la Orden Anual de Caza de Castilla y León, y tras la reunión que la Fundación Artemisan ha mantenido hoy con la Dirección General de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, esta entidad quiere realizar las siguientes aclaraciones respecto al desarrollo de la actividad cinegética inmediata y de futuro:

1.- Se está tramitando una iniciativa legislativa en las Cortes de Castilla y León a través de la que será modificada la Ley 4/1996, de 12 de julio, por la que se regula el ejercicio de la caza en Castilla y León, con el objeto de incorporar a la misma la relación de especies cazables, modalidades de caza y periodos y días hábiles.

2.- La aprobación de la reforma de la ley (está confirmado el apoyo de PP, PSOE, Ciudadanos y UPL) se produciría, según nos han comunicado desde el Gobierno regional, el día 26 de marzo, publicándose unos días después, con lo cual entraría en vigor el mismo día de su publicación (aproximadamente una semana después de su aprobación).

3.- Esta Ley eliminaría la orden anual de caza y se desarrollaría un Plan General de Caza con una vigencia de 5 años.

Dicho todo lo anterior y con el objeto de aclarar dudas muy concretas de los cazadores:

¿PODRÉ CAZAR EL DÍA 1 DE ABRIL EL CORZO?

NO.- Sólo se podrá comenzar la temporada cinegética desde el momento de la publicación de la reforma de la ley, y dado que su aprobación está prevista para el 26 de marzo, no habría tiempo material para su publicación antes del 1 de abril, por lo que lo más probable es que el inicio se retrase unos días.

Hay una lejana probabilidad y es que la aprobación de la Ley fuera anterior al día 26, pero según nos informa la Consejería es muy improbable porque es necesario cumplir unos plazos mínimos desde su lectura única en las Cortes el día 13.

Para otras especies cuya actividad cinegética comience el día 1 de abril, caso de la Cabra Montés, se aplicaría el mismo criterio que para el corzo.

¿QUÉ OCURRE CON LOS COTOS INTENSIVOS CUYA TEMPORADA AÚN NO HA FINALIZADO; PUEDEN SEGUIR CAZANDO?

SÍ, siempre y cuando la suelta esté recogida en el Plan de Caza; las que no estén incluidas y por lo tanto necesiten una autorización NO podrán cazar.

QUÉ OCURRE CON OTRAS MODALIDADES Y ESPECIES CUYO PERIODO DE CAZA AÚN ESTÁ EN VIGOR, COMO LAS ADJUDICACIONES DE CAZAS DE CABRA MONTÉS EN LAS RESERVAS, ¿PODRÁN CAZAR?

Es algo similar a lo que ocurría en el caso anterior: si la autorización de caza es previa a la comunicación del Auto (día 26 de febrero), se da validez y por lo tanto SÍ se podrá cazar, incluso si faltara el permiso de caza se podría emitir. Si hubiera algún macho adjudicado después del día 26, NO podrá cazarlo.

Por último, comunicar que tras la notificación del auto 47/2019 que suspende la Orden Anual de Caza, Artemisan se va a personar en apoyo de la Junta de Castilla y León como codemandada en los procedimientos abiertos en el Tribunal Superior de Justicia.

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