El proyecto de ley de maltrato animal puede afectar al principio de proporcionalidad de las sanciones, además de suponer un vuelco en las penas a los maltratadores en el Código Penal. Para los expertos en la materia, es un ejemplo más de la escasa calidad técnica de la ley de Podemos.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tiene ya listo el informe sobre este proyecto que, según los juristas, valoran con positivismo pero con muchos “peros”. Ven en riesgo su aplicación y cumplimiento ya que pena más golpear a un animal que a una mujer en determinados casos.
La vocal progresista Roser Bach, expone en el informe que el aumento de las condenas afecta al principio de proporcionalidad de las penas. Si se compara ahora el delito de lesiones de animales (sin que este tenga que terminar en el veterinario) con un delito leve de lesiones a personas (sin tratamiento médico o quirúrgico) ambos tienen la misma pena, pero en el primer caso se prevé la posibilidad de trabajos en beneficio de la comunidad como pena alternativa (de 31 a 90 días) por lo que es “menos grave”, dicen.
Los responsables de redactar el informe, con Ione Belarra a la cabeza, buscan “acabar con la sensación de impunidad generalizada ante el maltrato animal” por lo que la norma crea un nuevo título dentro del Código Penal bajo la rúbrica de “delitos contra los animales”. Bajo ese paraguas pretende incluir los delitos de maltrato animal y separarlos así de los que ya se contemplan contra la flora y la fauna.
El Gobierno de coalición pretende eliminar las bajas penas impuestas en la actualidad, son menores a dos años y los maltratadores de animales nunca llegan a entrar a prisión, así como la “sensación de impunidad generalizada ante el maltrato animal con penas poco efectivas ante dichas acciones y carentes de efectos disuasorios”.
Otro ejemplo del desmesurado proyecto de ley es que si el maltrato animal añade el agravante de causar daño a otra persona, como ocurre con la violencia vicaria, “la pena de prisión prevista en el anteproyecto para este supuesto es superior a la que está actualmente fijada para el delito de coacciones, el de amenazas leves, el de lesiones que no precisan tratamiento médico o el maltrato de obra en el ámbito de violencia sobre la mujer”, según se indica en el informe. Es decir, si se da una patada a una mujer (sin que esta requiera atención médica) la condena máxima está en un año, mientras que si se da una patada a un perro para hacerle daño a otra persona (sin que el animal requiera tratamiento veterinario) la pena alta está en un año y seis meses.