Minimización de la norma de desparasitación de perros sobre el sector cinegético

La Asociación de Rehalas Regionales ARRECAL considera positiva la decisión de la Dirección General de Salud Pública de la Junta de Extremadura de apostar por minimizar el impacto sobre el sector cinegético de su Plan de Control de Hidatidosis.

Algo que ha sido posible gracias al intenso trabajo del sector cinegético, y especialmente de ARRECAL.

En este sentido, hay que recordar que ya el 15 de enero de 2018 esta entidad presentó unas alegaciones a la resolución la Dirección General de Salud Pública, por la que se establecían la forma y la periodicidad del tratamiento frente a ténidos de los perros de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

ARRECAL hizo hincapié en que una periodicidad tan reducida del tratamiento obligatorio podía plantear riesgos innecesarios a la salud general de los canes (principalmente en perras gestantes e individuos debilitados), junto a la posibilidad de generar resistencias del parásito (debido a la utilización demasiado frecuente y repetida de antihelmínticos de la misma clase durante un período de tiempo prolongado), además de implementar las gestiones burocráticas para la tenencia de los perros de actividades cinegéticas (por la necesidad de solicitar duplicados de la cartilla sanitaria o el pasaporte de animales de compañía de cada perro, para poder dejar constancia oficial escrita de la fecha de los tratamientos administrados contra echinococcus).

En febrero ARRECAL mantuvo reuniones de trabajo con representantes del PSOE y de la Dirección General de Salud Pública de Extremadura, y posteriormente, ese mismo mes, se emitió un documento de conciliación y consenso para el desarrollo normativo que ahora se ha publicado.

Así, finalmente la desparasitación de los perros de caza se ha fijado cada 8 semanas solo durante la temporada de caza (octubre a febrero) y el resto del año cada 6 meses.

ARRECAL destaca que para lograrlo ha contado con el inestimable y fundamental apoyo de la Federación Extremeña de Caza.

A pesar de todo, la Asociación de Rehalas Regionales la caza de rehala en libertad en toda la geografía nacional, y entiende que ésta puede ser condicionada en Extremadura, al no clarificar esta norma la obligación de desparasitación de los perros provenientes de otras comunidades autónomas (más aún desde la publicación del Ministerio del documento aclaratorio de la vacunación antirrábica, en el que se debe cumplir la normativa sanitaria de residencia habitual de los perros).

Por otro lado, ARRECAL considera fundamental para la simplificación administrativa un convenio con las autoridades extremeñas de sanidad animal para modificar y ampliar los pasaportes de los canes para evitar duplicados de estos al cumplimentar con un calendario tan intenso el aparato de desparasitaciones frente a echinococcus.

La entidad destaca el trabajo realizado en esta materia por la delegada de ARRECAL en Extremadura, Yolanda Marcos, y del vicepresidente de la entidad, Pedro Pérez que abnegada y desinteresadamente han trabajado por el bien de la rehala y la caza en Extremadura.

 

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